Corporación La Esperanza, organización que se dedica a la rehabilitación de personas con adicción al alcohol y otras drogas, acudió a Fundación Pro Bono a raíz de una demanda interpuesta por un ex trabajador luego de ocho años de terminar su contrato con dicha organización.
El demandante acusó a ésta, junto a una empresa de transportes y una de la construcción en las que se desempeñó posteriormente, de actuar culposo a raíz de la epicondilitis o “codo de tenista” que desarrolló en 2018 en su codo derecho y que, en el caso de la corporación, habría surgido por su labor en el procesamiento de maderas para una terapia ocupacional consistente en la elaboración de trabajos artesanales en base a “palitos”. Demandaba así el pago de 40 millones por daño moral por enfermedad profesional alegando que la fundación actuó negligentemente al exigirle tareas de alto esfuerzo físico dado el uso constante de un serrucho eléctrico, sin ayudas ni ejercicios de ergonomía; en tanto, indicó que las empresas demandas no habrían contemplado medidas de protección y habrían requerido trabajos demandantes y sobre exigentes sin ayuda ni supervisión.
En ese contexto, la fundación derivó el caso en favor de Corporación La Esperanza el cual fue asumido por el estudio Barros&Errázuriz a través de los abogados Pavel Alvarez, Juan Pablo Vial y Francisca Rojas. Así la organización social negó los hechos expuestos en la demanda, ya que éstos no se condecían con todas las labores que efectivamente ejerció el trabajador en sus dependencias, pero con el sólo ánimo de poner fin al juicio llegó a un acuerdo reparatorio con el demandante por la suma de 250 mil pesos. Éste aceptó las condiciones y renunció a establecer acciones por lucro cesante, acordando además pagar cada parte sus costas.
Hablamos con los abogados Francisca Rojas y Juan Pablo Vial:
¿Por qué les interesó postular a este caso?
FR: Como abogada del área laboral se hace más abarcable el pro bono en la misma área pero además cuando nos llegan casos relacionados a accidentes o enfermedades siempre es interesante porque llevan aparejados grandes montos.
JPV: Yo soy abogado inmobiliario pero en Pro Bono vi dos oportunidades. Cumplir con la labor social de un abogado y la labor RSE de una oficina pero además oportunidad para un abogado con un área súper específica para poder desarrollarse en otro ámbito del derecho. Es una oportunidad para aprender más temas.
Era un caso bien insólito por el tiempo transcurrido entre la permanencia del demandante en la Corporación y el desarrollo de su enfermedad.
JPV: Una demanda a una corporación es fuerte y que más que de un ex empleado que según entendemos era cercano, trabajo harto tiempo, había buena relación, cariño. La base de la discusión era el tema del paso del tiempo.
FR: Claro la ley de accidentes del trabajo es estricta porque dice que el tiempo de prescripción de cualquier accidente o enfermedad profesional es de cinco años desde que se declare ésta. Entonces se había declarado recién la enfermedad en 2018, por lo cual estaba presentada en plazo, pero la discusión era cómo le íbamos a imputar una enfermedad que recién le había ocurrido en 2018.
¿Qué había detrás de la demanda?
FR: Aquí son altos los montos que se manejan. Se trató de disparar contra todas las organizaciones posibles en las que el trabajador había estado, pidiendo 40 millones a cada uno.
JPV: Lo señalado en la demanda no tenía ninguna relación con la realidad en cuanto al trabajo cumplido por el demandante en la Corporación. Su ámbito de trabajo era completamente distinto, esto era parte de lo que él hacía pero no era exclusivo. Aquí se trataba de establecer que había habido un movimiento repetitivo que generó el “codo de tenista” pero en la Corporación él tenía otro tipo de labores y muchas veces lo hacía con ayuda, de hecho tenía un ayudante.
FR: “La máquina que usaba era bastante moderna para entonces, era una sierra circular de mesa, que estaba empotrada y no como se dice en la demanda que era una sierra que él debía cargar”.
¿Cómo se logró llegar a acuerdo?
JPV: Esta conciliación fue especial porque el demandado principal llegó a acuerdo inmediatamente y quedamos nosotros.
FR: Empezamos conversaciones con las empresas co demandadas (una de construcción y Metro, cuya responsabilidad hubiese sido en subsidio) y la constructora estaba dispuesta a pagar 1 o 2 millones pero nuestra intención siempre fue, dadas las condiciones de la Corporación, que no pagara o a lo más alrededor de 500 mil pesos. En la audiencia el juez fijó una base de 4 millones, por lo que hubiese sido difícil que el demandante ganara pero si existían posibilidades de que las empresas hubiesen incumplido sus obligaciones. Pero por nuestro lado, considerando nuestros argumentos y lo señalado por el juez estábamos exentos de responsabilidad no obstante ello el demandante insistió.
JPV: Hubiese empezado un proceso muy largo que sería muy desgastante para la Corporación, así que definimos en conjunto cerrar este monto ($250 mil) que no generaba el daño que podría haber generado lo que se pedía en la demanda. Con la negociación llegamos a un número donde quedamos todos contentos.