Corte Suprema obliga a Isapre a cubrir tratamiento de última generación de paciente con hepatitis C por casi $100 millones

 

Gary tiene 30 años, es psicólogo y académico, y se le diagnosticó Hepatitis C con el genotipo 3, una de las variantes más agresivas del virus. Con razón de ello, a solo meses de presentar los primeros síntomas, ya padecía de cirrosis hepática, várices esofágicas, había bajado de peso y cambiado completamente su forma de vida y su trabajo.

Los doctores le recomendaron dos remedios que le permitirían eliminar en un 90% el virus y, a diferencia de otros medicamentos, no tenían efectos secundarios. Sin embargo, el costo de ambos sumaba, al mes, 16 millones de pesos. El tratamiento tenía que durar seis meses, lo que ascendía el valor a casi 100 millones de pesos.

Para Gary, quien con su mujer tenía a su primer hijo en camino, era imposible acceder a ellos y la Isapre a la que estaba afiliado se negó a cubrirlos por no estar cubiertos por el plan de salud, por el GES ni la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas.

Gary se acercó en 2015 a Fundación Pro Bono desesperado, la cual derivó su caso al estudio FerradaNehme. El equipo de abogados, liderado por Lucía Álvarez y Daniel Moris, interpuso un recurso de protección contra la Isapre y solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago ordenar a la empresa a cubrir el tratamiento, apelando a la vulneración de los derechos a la vida, la igualdad ante la ley, la salud y la propiedad. La Corte rechazó el recurso.

Sin embargo, en una nueva batalla de la firma, la Excma. Corte Suprema, conociendo de la apelación a esta sentencia, la revocó y ordenó a la isapre entregar la cobertura, debiendo Gary costear sólo un deducible de $1.559.000.

La discusión legal se centró en determinar cómo aplicaba el modelo GES-CAEC puesto que, tal como señaló la Isapre, estos medicamentos no se encontraban dentro de la Canasta GES, ya que al ser fármacos de reciente formulación se requería de una ley para su incorporación.

La Excma. Corte Suprema, se avocó, así, a lo dispuesto en la Circular IF N°7 de la Superintendencia de Salud, que regula las condiciones de aplicación del CAEC y de la cobertura especial GES-CAEC y que aplica en aquellos tratamientos que, pese a no estar incluidos en el listado GES, sí están reconocidos en los protocolos o guías clínicas definidos por el Ministerio de Salud para el tratamiento de diversas patologías.

De esta manera, la Guía Clínica Auge de Manejo y Tratamiento de la Infección Crónica por Virus de la Hepatitis C, no sólo reconocía sino que además recomendaba el tratamiento con los medicamentos solicitados por Gary, que estaban comprendidos tanto en la primera como en la segunda línea de tratamiento del VHC.

Para FerradaNehme esta sentencia podría servir como criterio orientador para los miles de pacientes que están contagiados con el VHC y que necesitan tener acceso a estos fármacos para continuar con su vida normal durante el tratamiento, sin sufrir efectos secundarios, deteniendo el daño hepático y logrando erradicar el virus definitivamente de sus cuerpos.

[1] El CAEC corresponde a la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, que funciona como un seguro extra que entregan las Isapres en aquellos casos en que sus afiliados se ven enfrentados a enfermedades o accidentes que significan una catástrofe económica, por su alto costo de tratamiento.