Fundación Pro Bono presenta ante comisión del Senado recomendaciones sobre proyecto de Reforma Integral al Sistema de Adopción en Chile

Constanza Alvial, encargada del Programa de Incidencia en Política Pública de la Fundación, presentó ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, las propuestas fundamentales surgidas a partir del informe elaborado en conjunto con  Fundación Pro Acogida respecto del proyecto de Reforma Integral al Sistema de Adopción en Chile, específicamente  sobre las familias guardadoras y respecto de aquellas que detentan el cuidado personal de un niño, niña o adolescente.

Este informe es el resultado de una mesa técnica integrada por Fundación Pro Bono -a través de los estudios jurídicos FerradaNehme y Baker McKenzie y de las abogadas especialistas del Área Familia, Marianela Villarroel y Alejandra Mercado- junto a Fundación Pro Acogida.

El proyecto de Reforma Integral al Sistema de Adopción en Chile, que actualmente se encuentra en discusión, presenta importantes avances respecto de la legislación vigente. Ésta busca principalmente garantizar la subsidiariedad de la adopción y el derecho de los niños, niñas y adolescentes a vivir en el seno de una familia, reestableciendo requisitos, condiciones y plazos para quienes son adoptados, y también respecto de quienes quieran adoptarlos, pretendiendo resguardar siempre el interés superior del niño.

Sin embargo, hay aspectos relativos a la posibilidad de adopción por parte de las Familias Guardadoras o de Acogida de un Programa de Acogimiento Familiar (FAE) y de aquellas familias que en la práctica detentan el cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes (NNA), que deben ser expuestos y revisados en orden a cautelar y promover el mejor desarrollo y contexto emocional, social y legal en razón del interés superior de dichos niños, niñas y adolescentes.

Como resultado del trabajo realizado por la mesa técnica, en la instancia se presentaron  dos propuestas: Que las familias guardadoras de un Programa de Acogida Familiar y las personas que detentan el cuidado personal del NNA puedan ser consideradas excepcionalmente por el tribunal como una opción de familia adoptiva, considerando el lazo generado con el NNA y no el tiempo que lo ha tenido bajo su cuidado, siempre y cuando se cumpla una serie de requisitos estipulados en el documento.

Por otra parte, también se propuso que el Tribunal tenga la facultad de ponderar y determinar quién o quiénes son las personas más óptimas para detentar el cuidado personal del niño, niña o adolescente, durante el proceso transitorio de espera a la susceptibilidad de adopción, y cuando fue declarado como tal, considerando en esta evaluación a quienes actualmente detentan dicho cuidado o a quienes lo hayan detentado en alguna oportunidad, para que el NNA se mantenga en un espacio de confianza, resguardo y de continuidad, evitando así su constante movilización durante el proceso.

Ambas propuestas no buscan más que velar por el efectivo interés superior del niño, niña y adolescente, dando la posibilidad que sea un juez, con conocimiento de los antecedentes de ese caso y de esa situación en particular, quien decida con participación activa del NNA qué es lo mejor para él o ella. Sólo de esa forma se podrá resguardar el derecho de ese niño, niña o adolescente a tener una familia acorde a sus necesidades e intereses, por muy excepcional que el caso sea.