Abogada logra acuerdo en alimento y relación directa y regular entre madres de niña

Macarena y Daniela sostuvieron una relación durante seis años, fruto de lo cual nació su hija, concebida bajo tratamiento de inseminación intrauterina. Si bien habían acordado que se alternarían en el caso de que no resultara al primer intento, fue en éste en el que se convirtieron en madres gracias a un donante de un banco de Estados Unidos, lo cual fue una gran alegría para la pareja y además significó el término de un costoso procedimiento. Tal es así que ambas se hicieron parte del gasto.

Tanto en la clínica como en el certificado de bautismo de la niña figuraron las dos como madres y ambas tuvieron participación activa en su proceso de crecimiento generando una estrecha relación con ella. La niña las llamaba a las dos “mamás”.

Sin embargo a casi un año y medio de su nacimiento la pareja decidió separarse. A partir de entonces, la madre biológica, Daniela, comenzó a decidir unilateralmente cuándo la niña podía ver a Macarena, lo cual la sumió en desesperación y desamparo de no poder hacer nada al respecto. Macarena, quien incluso había dejado su hogar para que su ex pareja siguiera viviendo allí con su hija, le pidió a Daniela que definieran la relación directa y regular a lo cual ésta se negó. Finalmente, la madre biológica dejó  la casa y se fue a vivir con sus abuelos a Doñihue, VI región.

Macarena insistió pero no pudo ver a su hija durante cuatro meses y en su entorno le decían que sería muy difícil demandar por relación directa y regular porque no había lazo sanguíneo con la niña.

En medio de la frustración acudió a la fundación, la cual derivó el caso siendo asumido por Verónica Ortúzar.  La abogada presentó la demanda ante el Segundo Juzgado de Familia de Santiago y logró que se dictara un régimen de visitas provisorio, gracias a lo cual Macarena comenzó a ver a su hija un día a la semana.

“La asesoría de Verónica fue excelente, además de jugársela es una persona muy humana, siempre estuvo pendiente de mí. Incluso en un período de vacaciones me mantuvo informada de todo”, cuenta Macarena.

En el escrito, la abogada fue enfática respecto a la coexistencia en la sociedad actual de diversos tipos de familia, lo cual no se encuentra regulado en el ordenamiento jurídico pero sí en la Constitución se promueve el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. En ese contexto, recalcó además los principios contemplados en la Convención Sobre los Derechos del Niño y sobre todo la promoción del interés superior del niño.

Así las cosas, al poco tiempo, ambas partes lograron llegar a un beneficioso acuerdo para ellas y para la niña, en materia de alimento y de relación directa y regular. Hoy Macarena está peleando el cuidado personal de su hija.

 

Hablamos con la abogada Verónica Ortúzar a cargo del caso.

¿Por qué quisiste tomar este caso?

Quise tomarlo por dos razones. La primera, porque me parecía muy perjudicial para una niñita que siempre había tenido una relación estrecha con Macarena (mi representada) y a quien identificaba como una de sus mamás, que de un día para otro no pudiera verla más. Ella tiene una relación de apego muy importante con Macarena, por lo que había que hacer todo lo posible para que su relación mamá-hija se siguiera desarrollando en el tiempo.

La segunda razón que me motivó a tomar este caso, fue la tremenda relevancia que un caso como este tenía para el derecho de familia en nuestro país. Nunca antes se había intentado una demanda de estas características en nuestros tribunales y era un tremendo desafío profesional. Me generaba mucha curiosidad la reacción que tendrían los tribunales de familia de Santiago ante un caso como éste, en el que básicamente se citaban puras normas de tratados internacionales. Estimaba que era altamente probable que incluso no se admitiera a tramitación la demanda, debiendo recurrir a la Corte de Apelaciones o incluso a la Suprema, para que se le diera curso. Para mi gran sorpresa la demanda no sólo fue admitida a tramitación, sino que incluso se fijó un régimen provisorio de relación directa y regular, lo que permitió que mi representada desde un principio pudiese tener una relación fluida con su hija. Creo que esto demostró una gran apertura y mucho criterio del tribunal de familia ante el cual se tramitó esta causa.

¿En qué pie te encontraste inicialmente a la clienta y a la contraparte?

En un principio, Macarena estaba muy afectada. Su ruptura con su pareja era muy reciente y no tenía ningún tipo de acceso a Mónica, su hija. Lo que la tenía más afligida, era que sabía que de acuerdo a nuestra legislación interna, ella no tenía derechos sobre Mónica, a pesar de que ella la llamaba mamá y que su nacimiento fue producto de una decisión familiar, en la que tanto ella como su ex pareja (Daniela) participaron y se involucraron de igual manera. Por otro lado, Daniela, en un principio estaba muy cerrada al diálogo.

Ella no quería dar ningún tipo de facilidad para que mi clienta se relacionara con Mónica. Incluso en la mitad del proceso se la llevó a vivir a una localidad cerca de Rancagua. Por eso, me sorprendió mucho el hecho de que contestara la demanda reconociendo expresamente que mi representada también era madre de Mónica, y que en la audiencia preparatoria pudiéramos llegar a un acuerdo, no solo respecto de la relación directa y regular en los mismos términos que la habíamos demandado, sino que también respecto de los alimentos que mi clienta se obligó a pagar a favor de Mónica.

¿Qué te parece el resultado logrado? extraordinario. Y no solo el resultado final, que fue excelente, sino que también los resultados o resoluciones que fuimos obteniendo a lo largo del proceso. Por ejemplo, el hecho de que se haya acogido inmediatamente a tramitación la demanda y el hecho que se haya fijado rápidamente un régimen de relación directa y regular, me parece que son aspectos muy destacables de la tramitación de este juicio.

 

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