Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado

constanza-mellado-webA más de cuatro años de la entrada en vigencia de la Ley Nº 20.285, conocida como Ley de Acceso a la Información Pública, resulta útil hacer un balance general de su aplicación, tanto de sus aciertos como de los obstáculos a los que se ha visto expuesta y, por supuesto, los desafíos que tiene por delante. Conveniente también es esbozar el aporte que esta ley ha tenido para el ejercicio de nuestra profesión.

 

Respecto del primer punto, claro está que esta normativa ha contribuido a instaurar una cultura de transparencia en nuestro país y a fomentar la participación ciudadana en la toma de las decisiones públicas. Sin embargo, el ejercicio del derecho de acceso a la información pública ha estado marcado por dificultades que han puesto en tela de juicio a la mencionada ley. Dentro de tales obstáculos nos encontramos, por ejemplo, con los cuestionamientos que se han realizado a las decisiones adoptadas por el Consejo para la Transparencia (muchas veces a nivel gubernamental) y, por otra, la postura que ha adoptado el propio Tribunal Constitucional, institución que ha desconocido este derecho como absoluto .

En relación con el segundo tópico, la implementación de esta norma ha traído consigo el levantamiento de parte del secretismo existente desde antaño en la Administración Pública, lo que ha permitido a los abogados que se relacionan con ésta, ya sea como contraparte en un juicio o como participantes de una licitación, entre otros, tener mayor claridad de las reglas del juego, conocer los actos y resoluciones que ésta emite, sus fundamentos, los documentos que les sirven de sustento o complemento directo y esencial y los procedimientos que se utilizan para su dictación. Lo anterior ha significado una disminución en la disparidad en que se encuentran quienes interactúan frente al aparataje estatal, esto es, la superioridad de la Administración frente a los administrados, lográndose con ello que los procesos resulten más visibles y creíbles.

Dado lo anterior, la aplicación de la Ley N° 20.285 no ha sido del todo pacífica, pese a que ha logrado el objetivo principal, cual es, hacer entender a la ciudadanía que la transparencia es un valor fundamental de la democracia y, por tanto, resulta indispensable seguir perfeccionándola para garantizar un régimen republicano, logrando así que la sociedad ejerza una labor de control de la Administración, obligando a las autoridades a responder ante los ciudadanos por sus actos.

Constanza Mellado, abogada del estudio Caglevic Delgado Ramirez & Feres