Charla sobre las consecuencias de la Ley 21.420 para las organizaciones sociales

El pasado miércoles Fundación Pro Bono realizó la charla “Servicios afectos a IVA: consecuencias de la Ley 21.420 en las organizaciones sociales”, que contó con la presentación de Patrick Humphreys, socio del estudio jurídico Garnham Abogados. A la actividad asistieron de forma presencial representantes de más de treinta organizaciones sociales, además de otras cincuenta que participaron de la charla en forma online a través de streaming. En la instancia se abordaron las principales consecuencias que trae esta nueva normativa en relación con las exenciones y pago de IVA a partir del 1 de enero de 2023.

La modificación más relevante es que a contar de esa fecha todos los servicios estarán afectos a IVA, salvo las excepciones que contempla el texto, con prescindencia si dichos servicios son prestados por una persona natural o jurídica, incluidas las organizaciones sin fines de lucro. Como se señala, “la Ley de la Renta, salvo las excepciones taxativas que ella misma establece, no atiende a la naturaleza o finalidad de las personas para gravarlas o no con impuesto, (persigan o no fines de lucro), sino que considera las actividades que éstas realizan, los actos y contratos que ejecutan y los beneficios económicos que puedan obtener” (énfasis agregado).

Algunas de las exenciones de IVA serán los servicios de Transporte de pasajeros, Educación, Servicios de Salud Ambulatorios y algunos servicios que ya se encontraban exentos como: Entradas a espectáculos, Arrendamiento de inmuebles no amoblados, entre otros (Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios – Arts. 12 y 13).

Respecto a cómo nos afectará esta modificación, en simples palabras, para los consumidores de servicios que no estaban afectos a IVA, lo más probable es que estos suban su costo en un 19% (teniendo en cuenta que aquellos que pasan a ser contribuyente de IVA, tendrán derecho a crédito fiscal). En tanto, los prestadores de servicios tendrán que recargar IVA a sus precios, salvo aquellos casos en que estén exentos.

Puedes ver la charla completa en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=7p3C0Rn5wl0&t=9s