A tres años de la muerte de la mujer haitiana, acusada de abandonar a su hija lactante en las inmediaciones de la Municipalidad de Lo Prado. Conversamos con Juan Pablo Olmedo, abogado de la familia Florvil, fundador y primer Director Ejecutivo de Fundación Pro Bono.
Todo comenzó cuando el 29 de Agosto de 2017 un hombre se acercó a Joane a ofrecerle trabajo para su marido Wilfred. El trabajo consistía en sacar el pasto de la Oficina de Protección de Derechos de la Infancia de la Municipalidad de Lo Prado. Esto no era más que un engaño a través del cual roban la mochila de Wilfred en la que estaba su pasaporte y la cédula de identidad de su hija, entre otros documentos. Es por esa razón que al día siguiente, Joane con su hija de dos meses llega hasta la Municipalidad para preguntar por la mochila de su esposo. Al no poder comunicarse con el guardia del lugar, ya que ella no hablaba español, decide dejar el coche bajo su resguardo e ir a buscar ayuda para darse a entender y explicar el robo del cual habían sido víctimas.
De ahí en adelante, la vida de esta mujer daría un crudo vuelco, siendo acusada de abandonar a su pequeña hija, motivo por el que fue detenida por Carabineros y puesta en aislamiento. Esta situación le produjo tal desesperación que comenzó a golpear su cabeza contra el muro del calabozo, provocándose tanto daño que tuvo que ser hospitalizada, muriendo el 30 de septiembre de ese año.
Para entender las interrogantes que surgen a raíz de este caso, conversamos con Juan Pablo Olmedo quien asumió la defensa de la familia de Joane, junto a Francisco Bartucevic y Daniela Gómez. El abogado nos comenta que “actualmente la sentencia de la Corte Suprema que ratificó aquella de primera instancia y de segunda instancia, son concluyentes en condenar al municipio de Lo Prado por infracción a la ley de no discriminación y ordenar una capacitación a sus funcionarios. En este momento estamos comprometidos con el cumplimiento del fallo para que dicha capacitación sea ejemplificadora y sirva de base para futuras prácticas de educación a nivel municipal”.
Es un caso complejo, el abogado relata que a nivel jurídico, desde el primer momento aparecieron claramente dos vías de acción, “la primera es ciertamente el ejercicio de las acciones penales, que son de suyo complejas en un caso donde la imagen de Joane Florvil en la comisaría y la estigmatización pública de ser mala madre no alcanzaban a ser tocadas por el ámbito penal. Tal acción que continúa hasta la actualidad, ha sido asumida por el Instituto Nacional de Derecho Humanos que ha intervenido en el caso, que tiene las complejidades propias del mundo penal”.
De forma complementaria, “pareció oportuno una mirada más enfocada de los derechos fundamentales y en particular de la Ley 20.609 de Antidiscriminación. Básicamente para cuestionar el origen de la tragedia posterior de Joane y de su familia; y reprochar el actuar del Municipio de Lo Prado al haber separado a la madre de su hija. Es decir, el punto de origen de la infracción de derechos”.
En esta línea, Olmedo comenta “es una demanda novedosa y una respuesta judicial del juez del quinto juzgado civil de Santiago, visionaria. Hay que reconocer la labor del magistrado en el sentido de buscar las maneras de defender y hacer efectivos los derechos constitucionales afectados”. La sentencia ordenó al municipio y sus funcionarios, incluyendo los prestadores privados de seguridad del municipio, para los efectos de generar la capacitación requerida.
Sin embargo, “quedó pendiente dentro del proceso, la reparación de la estigmatización pública de Joane, de ser calificada como mala madre. Eso es algo que, si bien es relatado largamente por la sentencia, es un aspecto en el que se pueden determinar límites de acción de la Ley 20.609 sobre todo en materia de reparación; porque la sentencia que condena al municipio y ordena la capacitación a sus funcionarios es del todo procedente, pero insuficiente para una reparación integral a la honra, al buen nombre de Joane Florvil y ciertamente la reparación íntegra a su familia y a su hija”.
En este sentido, consultamos al abogado sobre la urgencia de ciertos aspectos a modificar en la Ley 20.609 de No Discriminación, conocida como Ley Zamudio ante lo que sostiene “en la multiplicidad de temas que demanda una revisión integral a la ley, probablemente el más relevante para mí es la defensa legal gratuita. Este caso logró llegar a la Corte Suprema y a una sentencia como la que se ha obtenido, en gran parte por la presencia de profesionales que en función de la cultura pro bono lograron sostener y mantener un caso que enfrenta a la abogacía estatal de los abogados del municipio de Lo Prado, que en el ejercicio de sus obligaciones como abogado del Estado, ejercieron todos los derechos que la ley les reconoce en función de su mandante. Lo cual genera, por cierto, una disparidad. Hay una asimetría al tener como contraparte a la abogacía estatal.
Una de las principales modificaciones que debe tener la Ley 20.609 en esta materia, a juicio de Olmedo, es que debiera asegurar una defensa jurídica a las víctimas de casos de no discriminación. Esta podría ser asumida por las corporaciones de asistencia judicial, “donde siempre será bienvenido el esfuerzo colaborador y subsidiario de la cultura pro bono. Pero el Estado tiene que asumir la obligación de dar protección en esta materia”, señala el abogado.
El caso de Joane, además, envuelve el componente migratorio, ya que es posible suponer que parte de la discriminación de la que fue víctima, radica en ser migrante. Al respecto Olmedo afirma, “el hecho de no hablar el idioma español diría que fue uno de los aspectos más importantes tratado y acreditado en el juicio. El hecho de que el vigilante o el funcionario municipal de guardia en ese momento, no haya tenido la receptividad y la empatía para generar una respuesta que pudiera satisfacer la falta de lenguaje y de entendimiento idiomático de Joane, fue relevante para la convicción del Tribunal de que el acto de discriminación se generaba precisamente por no proveer una asistencia lingüística y ese acto fue considerado discriminatorio”.
Según el abogado, esta realidad genera un desafío para el Estado de adecuar sus procedimientos de capacitación frente a un flujo migratorio relevante, que no necesariamente habla el idioma español como es el caso de la migración haitiana, y que adicionalmente a diferencia de otras migraciones, tiene importante enraizamiento en la pobreza.
En este sentido, Olmedo afirma que uno de los desafíos más importantes que enfrenta el sistema jurídico así como también la discusión de la Ley de Migración y Extranjería, es la obligación de defensa jurídica gratuita no sólo en los procedimientos penales, sino también en la protección de la no discriminación. Lo que significa en materia de implementación, una mejor coordinación entre las corporaciones de asistencia judicial y la cultura pro bono. “Así como también, una reflexión respecto de generar institucionalidades más vigorosas para la defensa de la igualdad, en la medida que se trata de garantías para mejorar la protección de derechos en el país. La cultura pro bono como lo ha hecho hasta ahora en el caso de Joane Florvil, podría ser una construcción efectiva a dicho debate”.