Justicia e Identidad: El camino legal para recuperar el vínculo materno y el derecho a heredar

En el complejo entramado del sistema normativo chileno, persisten deudas históricas que a menudo pasan inadvertidas hasta que chocan con la realidad de los ciudadanos más vulnerables. Uno de los muros más altos es el que dejó la antigua legislación de filiación, previa a la reforma de la Ley N° 19.585. Este marco legal no solo clasificaba a los hijos en categorías discriminatorias, sino que erigió barreras administrativas que, hasta el día de hoy, impiden que cientos de personas vean reconocido su origen biológico y sus derechos sucesorios.

El conflicto central de este caso surgió de una interpretación rígida y burocrática por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación. Al intentar tramitar la posesión efectiva de su madre fallecida, el solicitante se encontró con una respuesta desoladora: ante la ley, era un extraño para la mujer que lo trajo al mundo. A pesar de la evidencia biológica y el reconocimiento social, la falta de una inscripción ajustada a las normas vigentes en el momento de su nacimiento operaba como un candado legal.

Frente a esta negativa, la estrategia jurídica no podía limitarse a un trámite administrativo más. Se requería una acción de urgencia que apelara directamente a la Constitución. A través de un Recurso de Protección ante la Ilustre Corte de Apelaciones de Santiago, se buscó restaurar el imperio del derecho, argumentando que la identidad no es una concesión del Estado, sino un derecho humano fundamental que no puede quedar anulado por la inercia de una oficina pública o el fantasma de una ley derogada.

La resolución de este conflicto no habría sido posible sin el compromiso de la abogada Karen Bielefeldt, quien asumió la representación a través de nuestro modelo de voluntariado legal. Para los profesionales del derecho, estos casos representan un desafío que trasciende la técnica legislativa: se trata de reparar historias de vida.

Al respecto, la abogada Bielefeldt destaca la relevancia de esta labor: «Este caso no se trataba sólo de una herencia o de un trámite sucesorio; se trataba de devolverle a una persona su nombre, su historia y su lugar en el mundo. El trabajo pro bono permite que el derecho deje de ser una barrera y se convierta en el puente que reconecta a los ciudadanos con su propia identidad». Esta perspectiva subraya el valor social de los estudios jurídicos que deciden poner su talento al servicio de quienes enfrentan desigualdades estructurales.

El éxito en este proceso judicial no solo se traduce en el reconocimiento de una filiación y la obtención de la calidad de heredero; constituye un acto de reparación institucional. Desde una mirada sociológica, el acceso a la justicia es mucho más que la posibilidad de litigar; es la garantía de que cada individuo sea «visto» y validado por el Estado. Cuando el sistema falla en reconocer un vínculo tan básico como el de una madre y su hijo, se produce una erosión de la confianza ciudadana que debilita el tejido democrático.

La justicia, para ser tal, debe ser capaz de corregir sus propias obsolescencias. No podemos permitir que la burocracia se convierta en un mecanismo de exclusión que invisibiliza la realidad biológica y afectiva de las personas. Al proteger el derecho a la identidad, no solo estamos resolviendo un caso particular, sino que estamos reafirmando el pilar sobre el cual se construye una sociedad justa: el respeto irrestricto a la dignidad humana. En última instancia, un Estado de Derecho sano se mide por su capacidad de asegurar que nadie sea privado de su pasado ni de su futuro por falta de recursos o de una defensa técnica de excelencia.